Abstract:
Una lectura atenta a los discursos antisupersticiosos españoles entre los siglos XV y XVIII demuestra que el sujeto de la superstición no podía siempre ser sencillamente identificado con el pueblo, con el vulgo o con las "creencias de viejas". Así, en muchos casos, los destinatarios de las reprobaciones de supersticiones eran "los letrados", genéricamente considerados, o bien el "clero diocesano", y aún en muchos casos "los prelados y príncipes", para finalmente en alguna ocasión incluir también al rey entre aquellos que debían aprender cuáles prácticas y creencias podían ser consideradas supersticiosas y cuáles no. En este contexto, ¿cultura popular y creencia supersticiosa pueden ser considerados sinónimos en la Europa de la modernidad temprana? La evidencia española sugiere que la respuesta a esta pregunta es negativa.