Abstract:
Este ensayo de historia tiene su propia historia. Su punto de partida está en el concepto de sociedad tributaria que John Haldon actualizó en 1993. Su propuesta era provocativa. Se oponía a la incorporación de los elementos sobre estructurales a la hora de conceptuar el modo de producción, estableciendo su cualidad esencial en las relaciones de extracción de excedentes. En otro artículo traté los supuestos epistemológicos de esta tesis, enfrentada a la proposición de Perry Anderson sobre la importancia del nivel político en la economía del feudalismo. Afirmé entonces que este sistema se diferenciaba de los regímenes orientales por esferas de poder privadas, cualidad que resume de alguna manera la peculiaridad occidental. Como una consecuencia, se privatizaban también las relaciones de extracción de excedentes estableciéndose un principio de propiedad privada de la tierra, se negaba la concentración de poder en un centro, y surgía una clase social de propietarios de derechos políticos. En estas características fundamentaba la imposibilidad de indiferenciar esta organización en una tipología tributaria. En el plano metódico. a un estudio por generalización de rasgos anteponía la peculiaridad del caso.
Description:
Fil: Astarita, Carlos. Universidad de Buenos Aires; Argentina.
Fil: Astarita, Carlos. Universidad Nacional de La Plata; Argentina.
Fil: Astarita, Carlos. CONICET; Argentina.